El pasado mes de diciembre entró en vigor la «ley del trabajo en casa», como respuesta a la creciente tendencia al teletrabajo, imponiendo diversas responsabilidades tanto a empleadores como a colaboradores. Representando al menos el 40% de su jornada total de trabajo, el objetivo principal de esta norma es garantizar las condiciones de bienestar, salud y seguridad de los trabajadores formales que desempeñan sus funciones de forma remota.

Esta norma en particular ha sido creada como resultado de las modificaciones realizadas al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo. Estos cambios se implementaron el 12 de enero de 2021, y a partir de ese momento, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) reconoció oficialmente el teletrabajo (home office) como una forma de empleo. Lo han definido como una situación en la que el trabajador realiza su trabajo en un lugar distinto al de su empleador, utilizando tecnologías de la información.

La NOM-037 establece la necesidad de contar con una política de teletrabajo que aborde aspectos cruciales como los mecanismos de comunicación, la reversibilidad del modelo de trabajo y la duración del horario laboral. Además, se exige que las empresas mantengan una lista actualizada de los empleados que operan bajo esta modalidad. Los empleadores deben informar a los trabajadores sobre los riesgos asociados al teletrabajo, incluyendo factores ergonómicos y psicosociales.

La norma también impone obligaciones específicas para los empleadores, como proporcionar sillas ergonómicas, los insumos necesarios para garantizar un entorno laboral adecuado, y la aplicación de exámenes médicos. El mantenimiento de los equipos de trabajo y la atención a casos de violencia familiar son elementos adicionales que las empresas deben abordar.

Por otro lado, es imperativo que los colaboradores cumplan con la lista de verificación de las condiciones de salud y seguridad vigentes en su lugar de trabajo. Además, están obligados a seguir la política de teletrabajo marcada por la empresa, notificar cualquier modificación de las condiciones de seguridad y salud, y garantizar el buen mantenimiento de los equipos proporcionados por la empresa. En caso de cambio de domicilio, es necesario informar por escrito a su empleador para que pueda verificar las condiciones de seguridad en su nuevo espacio de trabajo.

El alcance de la NOM-037, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se extiende a los lugares de trabajo donde los empleados pasan una parte importante de su tiempo trabajando de forma remota, específicamente aquellos que trabajan más del 40% de su jornada laboral total desde fuera de la oficina.

Previo a la pandemia, el teletrabajo en México era una práctica adoptada por un porcentaje reducido de empresas. Sin embargo, en la actualidad, más de 13 millones de personas se han sumado a un esquema híbrido, generando un incremento notorio, hasta un 28%, en la productividad laboral. A pesar de representar una victoria para empresas y trabajadores, también conlleva desafíos significativos que van más allá de la simple implementación del home office.

Tania Estrada, directora de Beneficios Flexibles de Lockton México, enfatiza la necesidad de ajustes clave, como la formulación de políticas claras, procesos efectivos y comunicación constante y efectiva con todas las partes involucradas.

Aunque el teletrabajo ha demostrado ser valioso para mejorar la productividad, su implementación efectiva requiere una adaptación cuidadosa de las prácticas laborales. La normativa no solo es una respuesta a las nuevas realidades laborales, sino también una oportunidad para mejorar el bienestar de los colaboradores, reducir el estrés laboral y garantizar un entorno laboral seguro y saludable. En última instancia, el éxito del teletrabajo o home office dependerá de la colaboración entre empleadores y empleados para cumplir con las disposiciones de la NOM-037 y crear un entorno laboral armonioso en el cambiante panorama laboral actual.

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